DEL CONSTITUCIONALISMO CLÁSICO AL CONSTITUCIONALISMO PLURAL: LA DISPUTA POR LA CAPACIDAD REGULATORIA DE LA SOCIEDAD EN PERSPECTIVA TEÓRICA - DOI: http://dx.doi.org/10.5216/rfd.v41i3.50873
DOI:
https://doi.org/10.5216/rfd.v41i3.50873Palavras-chave:
Constitucionalismo, Derecho indígena, Pluralismo Jurídico.Resumo
Resumen: La Constitución ecuatoriana vigente desde el 2008, define al Estado como constitucional de derechos y justicia, plurinacional e intercultural, entre otros atributos. Al reconocer el derecho indígena en pie de igualdad con la justicia ordinaria, a la vez que instaura un pluralismo jurídico pragmático al incorporar ‘otro’ sistema jurídico que responde a ‘otra’ tradición jurídica, determina que la interpretación constitucional deberá también incluir una interpretación intercultural. Todo lo cual inaugura un constitucionalismo plural, esto es, un Orden Jurídico pluralista. El Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano, en el caso ecuatoriano específicamente, antes que una teoría sobre el Derecho o la Constitución es la concreción político-normativa, de un largo proceso de reflexión y lucha por la democratización del Estado, la que incluyó una disputa por la capacidad regulatoria de la sociedad. No obstante, se trata de un constitucionalismo pragmático, sus bases teóricas se las puede identificar y evaluar en una revisión de los postulados que encierran los mandatos constitucionales. Es precisamente lo que propone el presente trabajo.
Abstract: The Ecuadorian Constitution in force since 2008, defines the State as constitutional rights and justice, plurinational and intercultural, among other attributes. By recognizing indigenous law on an equal footing with ordinary justice, while establishing a pragmatic legal pluralism by incorporating 'another' legal system that responds to 'another' legal tradition, determines that the constitutional interpretation should also include an intercultural interpretation. All of which inaugurates a plural constitutionalism, that is, a pluralist juridical order. The New Latin American Constitutionalism, in the Ecuadorian case specifically, before a theory about the Law or the Constitution is the political-normative concretion, of a long process of reflection and struggle for the democratization of the State, which included a dispute over the capacity regulation of society. However, it is a pragmatic constitutionalism, its theoretical bases can be identified and evaluated in a review of the postulates that contain the constitutional mandates. It is precisely what the present work proposes.
Resumo: A Constituição do Equador em vigor desde 2008, define o Estado como direitos constitucionais e justiça, plurinacional e intercultural, entre outros atributos. Ao reconhecer o direito indígena em pé de igualdade com a justiça comum, ao estabelecer um pluralismo jurídico pragmático, incorporando "outro" sistema jurídico que responde a "outra" tradição legal, determina que a interpretação constitucional também deve incluir uma interpretação intercultural . Tudo o que inaugura um constitucionalismo plural, isto é, uma ordem jurídica pluralista. O novo constitucionalismo latino-americano, no caso equatoriano especificamente, antes de uma teoria sobre a Lei ou a Constituição é a concretização político-normativa, de um longo processo de reflexão e luta pela democratização do Estado, que incluiu uma disputa sobre a capacidade regulação da sociedade. No entanto, como é um constitucionalismo pragmático, suas bases teóricas podem ser identificadas e avaliadas em uma revisão dos postulados que contêm os mandatos constitucionais. É precisamente o que o presente trabalho propõe.
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